Buscador de términos

Búsqueda avanzada
Se encontraron 134 resultados.

ZONA DE ESTACIONAMIENTO RESTRINGIDO

De acuerdo al artículo 2° del Código Nacional de Tránsito Ley 769 del 2002 se define como: Parte de la vía delimitada por autoridad competente en zona adyacentes a instalaciones militares o de policía, teatros, bancos, hospitales, entidades oficiales y de socorro, iglesias, establecimientos industriales y comerciales, en la cual solo pueden estacionar vehículos autorizados.

Agente de Tránsito

De acuerdo al artículo 2° del Código Nacional de Tránsito. Ley 769 del 2002, se define Agente de tránsito como: todo funcionario o persona civil identificada que está investida de autoridad para regular la circulación vehicular y peatonal y vigilar, controlar e intervenir en el cumplimiento de las normas de tránsito y transporte en cada uno de los entes territoriales.

AGENTE DE TRÁNSITO

De acuerdo al articulo 2° del Código Nacional de Tránsito. Ley 769 del 2002, se define Agente de tránsito como: todo funcionario o persona civil identificada que está investida de autoridad para regular la circulación vehicular y peatonal y vigilar, controlar e intervenir en el cumplimiento de las normas de tránsito y transporte en cada uno de los entes territoriales.

MULTA

Sanción pecuniaria. Para efectos del presente Código Nacional de Tránsito y salvo disposición en contrario, la multa debe entenderse en salarios mínimos diarios legales vigentes.